By Maryory Guerrero - Contador Público
Desgravámenes aplicables al ISLR para Personas Naturales
En el programa radial “Aduanas y Tributos en Revolución”, transmitido por YVKE Mundial, el Intendente Nacional de Tributos Internos del SENIAT, Erick Romero y el Gerente de Tributos Internos Región Capital, Rommel Aular, expresaron que hasta la fecha, el número de declaraciones de ISLR se ha incrementado en 20 por ciento si las comparamos con las realizadas el año pasado en este mismo período.
En cuanto a los desgravámenes aplicables al ISLR, las Personas Naturales gozarán de una rebaja de impuesto de diez (10) Unidades Tributarias (Bs. 1.500) anuales por presentar como carga familiar al cónyuge no separado de bienes y por cada ascendiente o descendiente directo residente en el país, indicó Rommel Aular.
La rebaja concedida no procederá cuando los cónyuges declaren por separado o cuando varios contribuyentes declaren a la misma persona como carga familiar, en este caso las rebajas de impuesto se dividirán entre ellos, según lo establecido en el artículo 61 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
También se refirió Aular a las Personas Naturales residentes en el país, que podrán escoger entre dos tipos de desgravámenes. Primeramente, el desgravamen único que consiste en la deducción de 774 Unidades Tributarias (Bs. 116.100), sin necesidad de presentar ningún tipo de soporte.
Mientras que quienes opten por el desgravamen detallado, solo podrán hacerlo por concepto de educación del contribuyente o sus descendientes no mayores de veinticinco (25) años; primas de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad, o lo pagado por servicios médicos, odontológicos y de hospitalización, prestados en el país tanto al contribuyente como a las personas que tiene a su cargo. Los pagos deben ser efectuados dentro del año gravable y los comprobantes respectivos deberán ser anexados a la declaración anual de rentas.
Asimismo, podrán incluir, quienes opten por el desgravamen detallado, los pagos por concepto de cuotas de intereses en los casos de préstamos obtenidos para la adquisición de su vivienda principal (hasta 1.000 UT), o de lo pagado por concepto de alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar (hasta 800 UT).